Autel valora el nuevo marco regulador de la UE como "un paso atrás"

Durante la conferencia de apertura de la Asamblea General Extraordinaria de Autel, celebrada el pasado mes de mayo, Mónica Ridruejo expuso y comentó las líneas principales de la nueva Directiva Marco de la UE para el sector de las telecomunicaciones. Tanto la Asociación como la propia eurodiputada se mostraron muy críticos respecto al texto.

Este año el tema elegido para inaugurar la Asamblea General Extraordinaria de Autel (Asociación Española de Usuarios de Telecomunicaciones) ha sido el nuevo marco regulador común de las redes y servicios de comunicaciones electrónicas, conocido coloquialmente con el nombre de “Paquete Telecom” y aprobado por la Comisión Europea el pasado enero. Un marco objeto de numerosas críticas tanto por parte de la eurodiputada Mónica Ridruejo como por la propia Asociación, cuyo presidente, Miguel Angel Eced no dudó en declarar que “hemos dado un paso atrás; nos hemos hecho trampas en un solitario”. Los cinco textos articulados alrededor de la Directiva Marco son las directivas referentes al servicio universal y los derechos de los usuarios, al acceso e interconexión a las redes y los recursos a ellas asociados, a la autorización de redes y servicios, a la protección de datos y una “decisión” sobre la creación de un marco regulador de la política del espectro radioeléctrico en la Comunidad Europea. Las diversas directivas del documento, publicado en abril, deberán ser “traspuestas” –esto es, adaptadas y aplicadas- en los diferentes países miembros en un período de 15 meses a excepción de la relativa a la Protección de Datos, que habrá de entrar en vigor en un plazo máximo de un año. Entre las modificaciones más destacables cabe mencionar la generalización de las autorizaciones generales como único título habilitante para la prestación de servicios, eliminando las licencias. El nuevo texto tan sólo restringe el uso del espectro radioeléctrico, por la propia naturaleza limitada de este recurso.

Más simple pero vago. Uno de los objetivos era lograr una simplificación del entorno reglamentario y esto se ha conseguido ya que el número de directivas se ha reducido de veinte a seis. “Pero han quedado muchos cabos sueltos. Aunque los principios son más simples, desde el punto de vista práctico los diferentes países tendrán que interpretar demasiados aspectos para llevar a cabo la trasposición de los textos”, ha subrayado Mónica Ridruejo Con este marco común se pretendía asimismo fomentar la competencia y lograr una mayor homogeneidad en los diversos países miembros de la UE. Los principios están claros, pero el problema reside en que todos ellos se aplican a conceptos tales como “mercados pertinentes” y “peso significativo de mercado” (PSM), cuya definición queda a su vez bajo la competencia de cada país. Por ejemplo, éste último pretende servir de criterio para determinar si un operador supone una amenaza para la competencia convirtiendo así en legítima la intervención de la Autoridad Nacional de Reglamentación (ANR) –en España, la CMT- y su estimación exige la realización de un “análisis del mercado para cada segmento”. Este “análisis” introduce un cambio importante respecto al criterio anterior, según el cual, un operador gozaba de una posición de dominio cuando su facturación superaba el 25% del mercado, quizá en contradicción con el principio de libre competencia pero de aplicación absolutamente objetiva.

Por el principio de subsidiariedad. En general, parece que el principio de subsidiariedad, que pretende salvaguardar el poder de cada ANR en cuestiones internas, ha impedido que este marco constituya realmente un entorno reglamentario común capaz de armonizar el sector de las telecomunicaciones en la Unión Europea. “Las directivas se han simplificado, pero a base de aumentar las recomendaciones, que no son de obligado cumplimiento. Se ha producido un retroceso en la armonización de las legislaciones aplicadas en cada país, uno de los principales objetivos de esta revisión”. En muchos aspectos, dada la vaguedad de los textos, “cada ANR podrá hacer lo que quiera”, según palabras de Eced. “El marco es bastante confuso y en este momento la Comisión está elaborando un documento para determinar qué son los mercados relevantes, así como una directiva de criterios sobre los que basar la identificación de una situación de PSM. De cualquier modo, yo diría que no se ha conseguido una simplificación, aunque sí una unificación de los tipos de redes, independientemente de que éstas sean utilizadas para la transmisión de un tipo de tráfico u otro. Las ANR han ganado un poder inmenso para intervenir, aunque también la Comisión dado que un “mercado relevante” o la posición de un operador podrán ser definidas y analizadas con un enfoque transfronterizo”, ha comentado Ridruejo. “Mi opinión respecto al texto es bastante crítica. Se ha alejado de los principios que motivaron la revisión de la legislación existente ya que no propician la consecución de un mercado paneuropeo con una Autoridad de Reglamentación paneuropea”. De cualquier modo, la Comisión Europea tendrá derecho de veto en caso de considerar que las ANR toman medidas contrarias a los principios del Marco Regulador de la UE.

Todos los títulos serán “autorizaciones” Según la Directiva de Autorización el nuevo marco regulador de las telecomunicaciones en la Unión Europea, cualquier título habilitante para la prestación de un servicio tendrá naturaleza de “autorizaciones”; así pues dejarán de existir las licencias como concesiones limitadas a un determinado número de empresas capaces de cumplir una exigente serie de compromisos de inversión e infraestructuras. El objetivo es aplicar un sistema lo “menos gravoso posible al suministro de redes y servicios de comunicaciones electrónicas con el fin de estimular el desarrollo de nuevos servicios de comunicaciones paneuropeas y hacer posible que proveedores de servicios y consumidores se beneficien de las economías de escala del mercado único”. De acuerdo con la nueva directiva, se procede a la autorización general de cualquier red y servicio “sin exigir una decisión o un acto administrativo explícito de la autoridad nacional de reglamentación y limitando los requisitos de procedimiento a la mera notificación. Y llegamos al punto peliagudo: el espectro radioeléctrico. Los derechos de uso de radiofrecuencias, números o derechos de instalar recursos seguirán los mismos pasos que el resto de las autorizaciones, pero, debido al carácter limitado de este recurso, “cuando la demanda de radiofrecuencias en un intervalo determinado supere las disponibles” deberán aplicarse “procedimientos apropiados y transparentes” –de nuevo la vaguedad- para su asignación. www.autel.es

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