La CMT prohíbe al Ayuntamiento de Barcelona dar acceso Wi-Fi gratuito a sus contenidos

El Ayuntamiento de Barcelona se ha visto obligado a cerrar su red Wi-Fi de acceso gratuito, en este caso restringido al portal municipal y a las sesenta páginas Web de la Administración, ante la imposibilidad de cumplir las exigencias de la CMT. Además, la Comisión ha resuelto los expedientes abiertos contra el municipio granadino de Atarfe y el pontevedrés Puenteáreas, que ofrecían acceso inalámbrico gratuito de banda ancha a sus habitantes, imponiéndoles multas respectivas de 5000 y 9200 euros.

La confusión de las autoridades respecto a la aplicación de un marco legal adecuado para el desarrollo de la Sociedad de la información queda más que patente en el hecho de que la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) justifique oficialmente estas decisiones recurriendo a la violación por parte de los ayuntamientos implicados de la exigencia legal de solicitar una autorización para el despliegue de redes de comunicaciones, cuando ni siquiera disimula que su motivación real es muy otra. No se trata de otra cosa que la preocupación por el hecho de que la prestación del servicio de acceso sin coste dañe el negocio y las cuentas de los operadores; de hecho, no duda en calificar este tipo de prácticas de "anticompetitivas".

Aunque tanto defensores como detractores no se habrán sorprendido demasiado por la ya esperada imposición de la multa a Atarfe y Puenteáreas, calculada de forma proporcional a sus poblaciones sobre la base de un euro por habitante, el caso de Barcelona resulta más impactante. La red del Ayuntamiento limitaba el acceso a sus propios contenidos, siguiendo una actuación con la que pretendía precisamente evitar choques con intereses comerciales.

Sin embargo, la CMT ha valorado como irrelevante el que se pudiera acceder a una red o a toda la Internet. En su resolución considera que esta red "debe ser considerada como una red pública de comunicaciones electrónicas, por cuanto que será utilizada, al menos parcialmente, para prestar un servicio de transmisión de datos disponible al público en general. El hecho de que sólo se pueda acceder desde el ámbito de cobertura de la red a una información concreta y detallada, no implica que el servicio no deba ser calificado como un servicio de comunicaciones electrónicas disponible al público, por cuanto que lo que define al servicio de comunicaciones electrónicas es que consista, en su totalidad o principalmente, en el transporte de señales a través de redes de comunicaciones electrónicas y ello con independencia de la información a la que se pueda acceder a su través".

La red Wi-Fi del Ayuntamiento de Barcelona, compuesta por once nodos de acceso público y gratuito, uno por cada distrito, fue completada el pasado mes de marzo en un proyecto conocido como Sensefils BCN. La CMT ahora había decidido prohibir mantener el servicio en las actuales condiciones, exigiendo al Ayuntamiento constituirse en operadora y no hacer uso de fondos públicos, unos requisitos valorados como "irreales" por la Concejalía de Ciudad del Conocimiento. Según portavoces de la Concejalía, ésta ha estado un tiempo "intentando solucionar el problema para cumplir con la legalidad, pero no ha sido posible". Finalmente, han tirado la toalla y han decidido cerrar la red para evitar sanciones.


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