Las televisiones prestarán servicios de televisión digital terrenal

El Consejo de Ministros ha autorizado a las televisiones para que presten servicios de televisión digital terrenal según lo establecido en la normativa del Plan técnico Nacional de la Televisión Digital Terrenal.


La concesión obtenida por Gestevisión-Telecinco, Antena 3 de Televisión y Sogecable se amplía para incluir la emisión de televisión digital. Esta ampliación permitirá a cada una de estas entidades explotar un programa dentro de un mismo canal múltiple, hasta que finalice la concesión obtenida.

Por su parte, Radiotelevisión española podrá utilizar, mediante gestión directa, dos programas dentro del canal múltiple específico. A su vez, cada una de las entidades públicas que, con arreglo a la Ley del Tercer Canal de Televisión, explotan un canal de cobertura autonómica podrán acceder a dos programas dentro de un canal múltiple digital.

Las empresas públicas y privadas podrán asociarse para la mejor gestión del canal múltiple compartido o establecer conjuntamente reglas para ello. La prestación del servicio podrá iniciarse a partir del 31 de octubre de 1999, fecha en la que quedarán disponibles los canales múltiples establecidos.

Según el Plan técnico, en el ámbito digital, la diferencia entre canal y programa radica en que cada canal permite, dentro de él, la emisión de cuatro programaciones distintas y de recepción simultánea por el televidente. Por el contrario, cada programa permite la emisión de una sola programación.



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