La CMT define nuevas normas sobre preselección de operador

El Consejo de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) aprobaba ayer una nueva Circular sobre preselección o presasignación de operador telefónico en la que se revisa la anterior, dictada hace ahora un año, y se proponen nuevas medidas para avanzar en las condiciones de competencia.



Se trata de una norma de obligado cumplimiento que determina algunas condiciones en las que ha de desarrollarse la obligación que tienen los operadores de hacer cumplir el derecho de los usuarios a decidir por anticipado el operador que cursará todas o parte de sus llamadas.

Entre las novedades que se recogen en la nueva Circular destaca la ampliación del ámbito de la selección de operador, a partir del 1 de marzo de 2003, a las llamadas a servicios de inteligencia de red (números 901, 902, 906, etc., con la excepción de los números gratuitos 900), numeración personal, y servicios de radiobúsqueda, y asimismo a las llamadas generales por servicios suplementarios (como, por ejemplo, los desvíos, llamadas a tres, devolución de la última llamada, llamada sin marcar).

De esta forma los abonados de Telefónica de España podrán seleccionar el operador que deseen para cursar dichas llamadas, como ya les es posible actualmente en las llamadas metropolitanas, de larga distancia y fijo-móvil.

Por otra parte, de acuerdo con el texto de la Circular, el operador de acceso no podrá realizar prácticas de recuperación de abonado en el plazo de cuatro meses (en la actualidad son dos meses) contados desde la fecha de activación de la solicitud de preselección, ni podrá realizar en ningún momento prácticas denigratorias de los servicios provistos por el operador preseleccionado.

El texto mantiene la exigencia del consentimiento escrito del abonado para poder iniciar el proceso de cambio de operador por preselección. Además, la Comisión ha pretendido eliminar eliminar las barreras a la preselección y dotar de una mayor simetría a los trámites que ponen en relación a un operador con otro en el proceso de preselección.

En este sentido, se establece un mecanismo para impedir la alta tasa de rechazos que se producía en las solicitudes de preselección por falta de correspondencia en el DNI o el CIF; se incorpora un procedimiento de validación en el supuesto de inhabilitaciones solicitadas al operador de acceso; se avanza en la orientación a costes de las contraprestaciones económicas que recibe el operador de acceso y se regula un mecanismo de intercambio de solicitudes de preselección.

En opinión de la CMT, estas medidas suponen un avance en la promoción de la competencia ya que aumentan las posibilidades de elección de operador de los usuarios que podrán beneficiarse de las ventajas que aporta la competencia en este tipo de llamadas. Además, se amplía la oferta de servicios que los operadores con derecho a ser seleccionados pueden presentar a los clientes.

La selección de operador, en general, y la preselección, en particular, incrementan, según la Comisión, de manera notable la capacidad de competencia inicial de los operadores alternativos, al permitirles llegar a una gran cantidad de clientes sin necesidad de disponer de una extensa red de acceso.

Esta es la quinta circular que aprueba la CMT sobre preselección de operador. Las anteriores se publicaron en 1999, 2000, 2001 y mayo de 2002. A fecha de 2 de julio de 2002 en España estaban registradas un total de 1.651.409 preselecciones, de las cuales 425.769 eran de larga distancia más fijo-móvil y 1.225.640 eran globales (incluidas las metropolitanas).

www.cmt.es


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