Comunicaciones

Competencia multa a Prisa y Telefónica

La Comisión Nacional de la Competencia ha impuesto multas por valor de 188.646 euros a Prisa TV y a Telefónica por incumplimiento de los compromisos que dieron lugar a la terminación convencional del procedimiento sancionador de Trío Plus.


Con fecha 28 de enero de 2010, el Consejo de la CNC acordó la terminación convencional del procedimiento sancionador de conductas restrictivas de la competencia de Trío Plus. En este expediente, la CNC analizó, entre otros, diversos acuerdos de comercialización conjunta de los servicios de televisión de pago y ciertos servicios de comunicaciones electrónicas firmados entre Sogecable (hoy Prisa TV), DTS y diversos operadores de telecomunicaciones, entre los que se encontraba Telefónica.

Entre los compromisos presentados por las partes, que dieron lugar a la finalización del expediente por la vía de la aceptación de la terminación convencional por parte de la CNC, se encontraba la obligación de que los productos comercializados conjuntamente por DTS y Telefónicase pudieran adquirir por separado por el mismo precio.

En el marco de la vigilancia del cumplimiento de estos compromisos, el Consejo de la CNC interesó la incoación de un nuevo expediente sancionador por considerar que la comercialización del denominado paquete "Digital+ mini" a nuevos clientes de DTS únicamente a través del canal Trío+, en el que se comercializan conjuntamente los productos de DTS y Telefónica, constituye un incumplimiento de la Resolución del Consejo de la CNC de 28 de enero de 2010 anteriormente citada.

Con fecha 16 de julio de 2012, la Dirección de Investigación de la CNC abrió un expediente sancionador contra DTS, Prisa TV, Telefónica de España y Telefónica Cable en virtud de lo establecido en el artículo 62.4.c) de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia.

En su Resolución de 23 de enero de 2013, el Consejo de la CNC declara acreditado que las cuatro entidades han incurrido en una infracción muy grave tipificada en el apartado 4.c) del artículo 62 de la LDC, por incumplir la Resolución de 28 de enero de 2010, por lo que impone una multa de 88.387 euros a Prisa TV y DTS, de la que responderán solidariamente, y de  100.259 euros a Telefónica de España.



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