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Roaming

Digimobil podrá aplicar ciertos recargos en sus servicios de roaming

Se trata de un caso excepcional que permite el ?Reglamento del Roaming? de la Unión Europea, autorizado por la CNMC, y es inferior al que solicitó la operadora de móvil.

CNMC

La CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) ha autorizado que Digi Spain Telecom, S.L.U. (Digimobil) pueda  aplicar un recargo cuando ofrece a sus clientes los servicios móviles en itinerancia, conocidos como roaming. Se trata de un caso excepcional, que permite la normativa europea sobre el Roaming  (Reglamento UE nº 531/2012 de 13 de junio de 2012), cuando un operador demuestra que no puede recuperar los costes que tiene cuando ofrece este servicio.  De esta forma, se garantiza que pueda mantener su esquema de tarifas nacionales.
La CNMC, tras analizar el caso planteado por Digimobil, ha autorizado que la operadora aplique unos recargos inferiores a los que había solicitado, ya que sólo deben cubrir costes que no pueda recuperar al prestar sus servicios regulados de roaming. Estos recargos tendrán validez por un periodo de doce meses.
 De esta manera, Digimobil sólo podrá aplicar un recargo máximo en itinerancia dentro del territorio UE de 0,0179 euros/minutos para llamadas salientes; 0,01 euros/SMS enviado y 0,0043 euros/MB (hasta el 31 de diciembre de 2017) y 0,0034 euros/MB (a partir del 1 enero de 2018).
 
Casos excepcionales
“El Reglamento del Roaming” de la UE aprobado en 2017 regula el procedimiento y las condiciones que se deben tener en cuenta a la hora de autorizar el recargo solicitado por una compañía cuando ofrece estos servicios. Entre otras, está la de que no sea capaz de recuperar sus costes totales, reales y previstos, por la prestación de servicios regulados de itinerancia al por menor equivalente o superior al 3% del margen de sus servicios móviles.
Después de realizar el análisis del caso planteado por Digimobil, la CNMC ha considerado que las previsiones de ingresos y costes a 12 meses justificados por la operadora presentan un margen neto negativo superior al 3%.
Una vez transcurrido el plazo de doce meses que la operadora tiene autorizados, en el caso de que Digimobil quiera continuar aplicando los citados recargos, deberá comunicárselo de nuevo a la CNMC con una antelación mínima de dos meses.
Según los datos que publica mensualmente la CNMC sobre telecomunicaciones, a finales de septiembre de 2017 había casi 52 millones de líneas móviles en España, de las cuales un 8,7% correspondían a los operadores móviles virtuales (OMV). Digimobil es un operador móvil virtual (OMV) participado por el operador rumano de redes fijas y móviles RCS & RDS S.A. y que forma parte del grupo de telecomunicaciones RCS & RDS conformado por 4 empresas que prestan servicio en distintos países de la Unión Europea.
La resolución de la CNMC pone fin a la vía administrativa y se puede poner contra ella recurso contencioso-administativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar  desde el día siguiente al de su notificación.
 



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Fernando Rubio Román, CTO de Microsoft España. TECNOLOGÍA
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