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El Gobierno vasco se niega a multar a las empresas con líneas 902 en contra de la doctrina del TJUE

La Consejería de Turismo, Comerio y Consumo de Euskadi desestima la denuncia presentada por FACUA contra el uso de estos teléfono de alto coste.

902

FACUA-Consumidores en Acción denuncia que el Gobierno Vasco se niega a multar a las empresas con líneas 902 ignorando la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que prohíbe el uso de dichos teléfonos. La asociación presentó denuncia a todas aquellas empresas de Euskadi de las que tuvo conocimiento de que prestan su servicio de atención al cliente mediante un 902, algo que incumple la normativa vigente al ser un número con una tarificación superior a la estándar. Dichas denuncias fueron desestimadas por el Instituto Vasco de Consumo.

Ahora, el consejero de Turismo, Comercio y Consumo de Euskadi, Alfredo Retortillo, ha desestimado los recursos presentados. Alega en el escrito que no se puede determinar que "los números 902 sean o no tarifa básica", concepto que según el TJUE se aplica a aquellas llamadas que no exceden "el coste de una llamada a una línea telefónica fija geográfica o móvil estándar". FACUA no entiende cómo la Consejería de Consumo no es capaz de concluir si un 902 es tarifa básica o no, cuando tienen un coste superior al de una llamada estándar y están considerados teléfonos de tarificación especial por la Secretaría de Estado para las Telecomunicaciones y el Plan de Numeración Telefónica.

Además, el artículo 21 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios también explicita que "en caso de que el empresario ponga a disposición de los consumidores y usuarios una línea telefónica a efectos de comunicarse con él en relación con el contrato celebrado, el uso de tal línea no podrá suponer para el consumidor un coste superior a la tarifa básica". La Administración vasca arguye que los números 902 no vulneran la ley ya que no "incorporan un importe adicional en beneficio del empresario", sin embargo, el artículo 21 habla exclusivamente del coste de la llamada y entiende que tarifa básica es "el coste ordinario de la llamada que se trate". El consejero, en su escrito, confunde los números de tarificación adicional, los que incorporan un beneficio económico, con los de tarificación especial, que simplemente tienen un coste superior al habitual.

FACUA considera que, dado que las líneas 902 tienen un coste superior a una llamada ordinaria, vulneran tanto la normativa española como la jurisprudencia del Tribunal Europeo y que existe base legal suficiente para imponer una sanción. Por tanto, reclama al gobierno vasco que cumpla con su deber de multar a la empresa por la utilización de dicho teléfono y deje de eludir sus obligaciones para con los consumidores.

 



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