Las operadoras móviles suben los precios para paliar la prohibición del redondeo

Ley de Mejora de la Protección de los Consumidores y Usuarios

Subir el coste de los servicios e incrementar el coste del establecimiento de llamada ha sido la respuesta de las operadoras móviles para paliar las conseucencias de la nueva Ley de Mejora de la Protección de los Consumidores.

El próximo uno de marzo entrará en vigor la nueva Ley de Mejora de la Protección de los Consumidores y Usuarios, en la que se pone de manifiesto la prohibición al redondeo de precios. Según la normativa, las operadoras de telecomunicaciones sólo podrán facturar por unidades de tiempo consumidas y no por tramos, como venían haciendo hasta hora.
Ya fueran de prepago o contrato, las tarifas de las operadoras facturaban el primer minuto completo y el resto se hacía bien por segundos o por tramos de 30 segundos. Todas tenían un coste adicional de 12 céntimos por establecimiento de llamadas. Y es en este concepto donde las operadoras han incidido para adaptarse a la normativa (obligatoria a partir del 1 de marzo) y conseguir que sus ingresos no se vean disminuidos.
Según datos aportados por la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT), la práctica del redondeo generó a las compañías de móviles unos ingresos extras de cerca de 878 millones de euros en 2005, una cifra que para el periodo que abarca del año 1998 a 2006 ascendió a 8.000 millones de euros. Como ha denunciado la Federación de Consumidores en Acción (Facua), por cada día de más que se sigue aplicando la “política del redondeo” a la empresa le supone ingresar tres millones más de euros. Esto explica que las operadoras hayan aplazado hasta el último momento la modificación de sus tarifas.
Movistar ha el primero en hacer pública la forma en la que adaptará sus precios para cumplir la nueva Ley. Modificar las tarifas al alza e incrementar el precio del establecimiento de llamada ha sido la respuesta de la compañía, aunque estas modificaciones no afectan a los servicios de SMS y MMS ni a los accesos a su portal de contenidos (Emocion), que no varían. La medida ha sido además secundada por el resto de operadoras, alegando “que no afectará a los usuarios, ya que no percibirán variación en sus facturas, sobre todo en aquellos clientes cuyas llamadas no superen el minuto”.
Los análisis de precios realizados por Facua establecen una subida del establecimiento de llamada en Movistar hasta los 15 céntimos de euro, lo que supone un incremento del 25%. La entidad denuncia además que ni siquiera las llamadas cortas son más baratas, como dice la compañía, ya que en algunos productos los precios han pasado de 0,2 céntimos el minuto a 1,2 céntimos.
Por su parte, la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), que ha pedido a los Ministerios de Consumo e Industria y a la CMT que investigue la legalidad de estas “desorbitadas y abusivas subidas”, determina que el resto de las tarifas de Movistar sufren un incremento medio del 20%, con algunas excepciones como la del plan “Tu Tiempo”, que supera el 50% para las llamadas entre clientes Movistar. Para la OCU, estas subidas suponen para la operadora unos ingresos incluso superiores a los que obtenía con el redondeo. Facua corrobora esta crítica, considerando que este coste no se ha fijado con el objetivo de adecuarse a la nueva normativa sino con la intención de seguir ingresando lo mismo o superarlo.
También la Unión de Consumidores de España (UCE) ha hecho patente su malestar denunciando ante la Secretaria de Estado de las Telecomunicaciones la “trampa” con que las operadoras aplican las obligaciones impuestas por la Ley de Mejora de la Protección de los Consumidores y Usuarios.


Atención personalizada, libertad de contrato
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La Ley de Mejora de la Protección de los Consumidores y Usuarios también recoge iniciativas como la libertad para que el usuario finalice su contrato sin que sufra penalizaciones abusivas. Es decir, el operador no podrá imponer cargas desproporcionadas, como la pérdida de las cantidades abonadas por adelantado, el abono de servicios no prestados o indemnizaciones que no corresponden al daño causado. Otro apartado es el que hace referencia a los servicios de atención al cliente. La normativa establece que las empresas deben disponer de un servicio de atención personalizado no siendo suficiente, únicamente, las grabaciones de voz que contestan cuando el usuario llama.

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Fernando Rubio Román, CTO de Microsoft España. TECNOLOGÍA
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