Entra en vigor finalmente la Ley de Firma Electrónica

El pasado 19 de marzo entraba en vigor la Ley de Firma Electrónica, aprobada hace tres meses por el Gobierno y que recoge elementos básicos, como el DNI electrónico, que contribuirán sin duda a expandir el uso cotidiano de las nuevas tecnologías para la realización de todo tipo de tramitaciones. En el nuevo marco, la firma digital respaldada por el DNI electrónico dará exactamente la misma validez a la rúbrica digital que a la manuscrita, cualquier particular o entidad jurídica deberá asumirlo así.
Entre los rasgos más revolucionarios de esta ley respecto a la legislación previamente destaca la posibilidad de que las personas jurídicas –empresas u otro tipo de organizaciones– cuenten con la titularidad de una firma electrónica y un certificado digital propios. Además, con el propósito de introducir un mayor dinamismo y fluidez del mercado, permite que cualquier organización se constituya en entidad certificadora, fiadora de la identidad de los usuarios, garante de la fiabilidad de las operaciones, y responsable de la tutela y gestión de todos los certificados por ella expedidos. El único requisito que los interesados habrán de cumplir, dada la responsabilidad civil que asumen, es la posesión de un seguro o aval por valor mínimo de tres millones de euros.
Esta ley, desarrollada por el Ministerio de Ciencia y Tecnología en colaboración con los Ministerios de Administraciones Públicas, Economía, Interior y Justicia, recoge también los resultados de una encuesta pública realizada por Ciencia y Tecnología a más de cincuenta entidades, incluidas la Agencia de Protección de Datos, la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT), el Consejo de Consumidores y Usuarios, el Consejo Asesor de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información, el Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España y el Consejo General del Notariado.

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