La CMT presenta la relación de operadores dominantes para 2002

El Consejo de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) ha aprobado la lista de los operadores que, según lo previsto en la Ley General de Telecomunicaciones, tienen la consideración de dominantes en los mercados nacionales de telefonía fija, servicios de alquiler de circuitos, servicios de telefonía móvil y servicios de interconexión.

De acuerdo con los datos relativos al año 2001 y conforme a lo dispuesto en el artículo 23.2 de la Ley General de Telecomunicaciones, el Consejo de la CMT ha decidido mantener la declaración de dominancia en los mercados de telefonía fija y de alquiler de circuitos a Telefónica de España , con el 87% y 83% de cuota de mercado, respectivamente, en términos de ingresos brutos en cada uno de estos mercados.

En el mercado de la telefonía móvil, la filial de móviles de Telefónica retiene a más del 60% de los abonados a este tipo de servicios y Airtel Móvil cerca del 25%. Estos dos operadores junto con Telefónica de España también son considerados dominantes en el mercado de interconexión. En este caso Telefónica Móviles (TME) junto a su matriz ha copado el 40% del mercado total, mientras que Airtel ha alcanzado unos porcentajes de entre el 15 y el 25%.

Especial interés ha dedicado la CMT al estudio de los casos de Airtel/Vodafone y Retevión Móvil/Amena, puesto que sus cuotas de participación en el mercado nacional de interconexión el pasado año no alcanzaron el 25%. La ley establece que con carácter general deben ser considerados operadores dominantes aquellos que, en un determinado ámbito territorial, hayan obtenido, en el año inmediatamente anterior, una cuota de mercado superior al 25% de los ingresos brutos globales generados por la utilización de sus redes o la prestación de sus servicios de telecomunicaciones.

No obstante, el mismo precepto legal atribuye a la CMT la competencia para declarar a un operador dominante aun cuando no alcance la cuota de mercado del 25%, o bien excluir de tal declaración a un operador aun cuando supere dicha cuota de mercado.

La CMT ha apreciado diferencias en la situación de Airtel y de Retevisión Móviles en este mercado, entre otros, la mayor proximidad de Airtel al límite del 25%, su pertenencia al grupo Vodafone y el hecho de que Airtel ha obtenido cuatro veces mayores beneficios antes de intereses, impuestos, amortizaciones y depreciaciones que Amena, que ha entrado en resultados positivos por primera vez en el año 2001.

Telefónica, como consecuencia de ser declarado operador dominante en los mercados de telefonía fija y de alquiler de circuitos, tiene principalmente la obligación, en relación con la interconexión, de facilitar este servicio en condiciones no discriminatorias, transparentes y fundadas en criterios objetivos. Asimismo entre otras disposiciones debe disponer de una oferta de interconexión de referencia, ofrecer la interconexión en las centrales de conmutación locales y de nivel superior de conmutación y facilitar el acceso al bucle de abonado en las condiciones que así se determinen.

TME y Airtel, como operadores dominantes en el mercado de la telefonía móvil, únicamente están obligados a facilitar la interconexión a su red en condiciones no discriminatorias y transparentes.

www.cmt.es


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Fernando Rubio Román, CTO de Microsoft España. TECNOLOGÍA
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