Fomento aprueba el reglamento de calidad del servicio telefónico

El Ministerio de Fomento aprobó ayer el reglamento que regula las condiciones de calidad en la prestación de los servicios de telefonía fija y móvil e Internet. De esta manera, los usuarios tendrán garantizado, entre otras cosas, que el suministro de la conexión que acaban de contratar no exceda de 10 días o de que la demora en el establecimiento de llamadas sea inferior a tres segundos.



La norma atribuye a la Secretaría General de Comunicaciones las funciones de control de calidad, y obliga a los operadores dominantes, a los que han de cumplir determinadas obligaciones de servicio público y a los que hayan obtenido una licencia para la prestación del servicio telefónico fijo una vez transcurridos 18 meses desde la concesión de la licencia.

El reglamento crea una Comisión de Seguimiento dentro de Fomento, presidida por un representante de la Secretaría General de Comunicaciones. En esta Comisión participarán, además, un representante por cada proveedor de servicios que tenga la consideración de dominante, otro por las asociaciones con mayor presencia en el sector de las telecomunicaciones, un representante del Consejo de Consumidores y Usuarios, otro en representación de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones y un representante de la Inspección de los Servicios de la Secretaría General de Comunicaciones.

Las condiciones de calidad establecidas en el reglamento afectan al tiempo de suministro de la conexión inicial, al porcentaje de llamadas fallidas, a la demora en el establecimiento de llamadas, al tiempo de respuesta de los servicios de operadora, al porcentaje de teléfonos públicos de pago en funcionamiento y a la tasa de reclamaciones sobre facturación.

Los niveles mínimos de calidad serán los siguientes:
-El tiempo medio de suministro de la conexión inicial será inferior a 10 días de media.
-El porcentaje de avisos de avería por línea de acceso y trimestre deberá ser menor del 4 por ciento.
-La proporción de llamadas fallidas deberá ser inferior al 1 por ciento en las nacionales, al 2 por ciento en las internacionales comunitarias y menos del 2,5 por ciento en las llamadas internacionales extracomunitarias.
-La demora en el establecimiento de llamadas deberá ser inferior a tres segundos para el 95 por ciento de las llamadas.
-La proporción de llamadas a los servicios de operadora y de consulta de guías atendidas en menos de 20 segundos deberá ser superior al 90 por ciento.
-Más del 95 por ciento de los teléfonos públicos de pago en la vía pública deberán funcionar correctamente.
-La tasa de reclamaciones por facturación deberá ser inferior al 5 por mil por trimestre.

En cuanto al servicio de telefonía móvil, los parámetros de calidad afectan al porcentaje de llamadas no completadas, al porcentaje de llamadas interrumpidas y a la tasa de reclamaciones sobre facturación. Finalmente, los parámetros aplicables a Internet afectarán al tiempo de respuesta y a la velocidad de las comunicaciones. Los proveedores de acceso a Internet deberán facilitar a los usuarios una información clara y suficiente sobre los niveles de calidad del servicio que proporcionan. Las llamadas no completadas por causas imputables al operador de red pública de telefonía fija de acceso a Internet no serán facturadas al usuario.


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