La CMT designa a los operadores que financiarán el servicio universal



LA CMT ha considerado que Telefónica, Movistar, Vodafone y Orange serán los operadores que deberán financiar el Fondo Nacional del Servicio Universal correspondiente al periodo 2003-2005.

Tras pedir información a cerca de 1.500 operadores, la CMT ha constatado que los ingresos de Telefónica, Movistar, Vodafone y Orange suponen el 80% del total durante esos tres años. Una cifra significativamente superior a los obtenidos por el resto de operadores, que quedan exentos de contribuir al Fondo Nacional del Servicio Universal. No obstante, la CMT ha subrayado que esta resolución no impide que en periodos posteriores otros operadores puedan estar obligados a sufragar los costes del servicio universal.

Telefónica deberá aportar 72,74 millones de euros, que suponen un 40% de la contribución al fondo en ese periodo; Movistar, 59,40 millones (33%); Vodafone, 31,65 millones (17%) y Orange contribuirá con 18,98 millones (el 10% restante). En términos agregados el fondo asciende a 182,77 millones en el periodo.

La contribución que corresponde a cada operador se deberá realizar en un único pago en el plazo de un mes a partir de la notificación de la resolución dictada por el Consejo de la CMT. Telefónica, como único operador prestador del servicio universal en ese periodo, y por tanto, único operador con derecho a compensación, recibirá la compensación dentro del mes siguiente a la finalización del período de pago.

La CMT ha cifrado el coste neto del Servicio Universal en 18,80 millones para 2003; 83,85 millones para 2004; y 80,12 millones para 2005.


Autor: Comunicaciones World
Fecha: 26/09/2008
Votos: 0
Más sobre: CMT    Telecomunicaciones  Servicios 

Hoy en IDG.es

©2010 IDG COMMUNICATIONS, S. A. U. Prohibida la reproducción total o parcial en cualquier medio (escrito o electrónico) sin autorización expresa por escrito de la editorial. En particular, IDG COMMUNICATIONS, S.A.U., se opone de manera expresa, salvo consentimiento por escrito, a la reproducción, recopilación, distribución, comunicación pública o puesta a disposición por parte de terceros de los contenidos publicados en los medios de su titularidad (ya se editen éstos en papel, a través de Internet o cualquier otro soporte), de conformidad con lo establecido en el artículo 32 de la Ley 23/2006, de 7 de julio, por la que se modifica el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril. En caso de estar interesado en una autorización para reproducir, distribuir, comunicar, almacenar o utilizar en cualquier forma los contenidos titularidad de IDG COMMUNICATIONS, S.A.U. debe dirigir su petición a la siguiente dirección de correo electrónico : idg_nt@idg.es
idg.es